En
Andalucía el primer y principal enemigo de la Justicia son, sin duda, los
jueces. Después los fiscales. Lo he dicho en innumerables ocasiones; otras, por
no resultar cansino, me he callado. No hay día aquí que los jueces no pisoteen
la Justicia. Los jueces aquí agravian más a la Justicia que los delincuentes.
Como
nada ha cambiado, leo hoy en El Mundo que un juez ha tardado sólo 48 horas en
archivar la denuncia que el Sindicato Andaluz de Funcionarios (SAF) puso contra
la corrupción de este régimen, manifestada en, esta ocasión, en la contratación
de al menos 85 personas por criterios de clientelismo político y nepotismo.
¡Todo
un record! Para que luego digan, quienes pretenden desprestigiar a la justicia
con sus infundios, que es lenta.
He
leído el auto de archivo, he leído la denuncia y, como estudié derecho y lo he
practicado en mi vida profesional durante 42 años, algo sé de lo que dice la
ley al respecto. Pues bien, tengo la convicción de que el juez no se ha leído
siquiera la denuncia, ni tampoco el fiscal. Y, han actuado contra lo que dice
la ley: “Formalizada que sea la denuncia,
se procederá o mandará proceder
inmediatamente por el Juez o funcionario a quien se hiciese a la comprobación del hecho denunciado,
salvo que éste no revistiere carácter de delito, o que la denuncia fuere
manifiestamente falsa. En cualquiera de estos dos casos, el Tribunal o
funcionario se abstendrán de todo procedimiento, sin perjuicio de la
responsabilidad en que incurran si desestimasen aquélla indebidamente”
(Artículo 269 Ley de Enjuiciamiento criminal).
Se procederá inmediatamente a la
comprobación del hecho denunciado, dice la ley. Obviamente el juez no ha
comprobado absolutamente nada; ni se ha molestado siquiera en disimularlo, es
evidente. Por el contrario, sostiene el juez que “no está debidamente justificada la perpetración de un delito”. Esto
lo dice sin practicar ninguna diligencia de investigación, sin realizar ningún
acto de indagación y averiguación de los hechos denunciados y sin molestarse en
desvirtuar los fundados indicios –algunos notorios, o sea, de dominio público,
publicados por la prensa y no desmentidos por los afectados- que se hacían
constar en la denuncia.
El
juez considera que los hechos denunciados no son constitutivos de delito. De
delito de cohecho, dice exactamente. De verdad que ni siquiera ha leído la
denuncia, pues ésta va referida a 85 presuntos casos de prevaricación, y sólo
en uno de estos 85 se da, además, –a juicio del denunciante- un presunto delito
de cohecho. ¿Cabe acaso más desidia, descuido y desinterés?
Dice
el juez que no está debidamente
justificada la perpetración de un delito; y esto lo dice ignorando la
doctrina jurisprudencial al respecto. La denuncia pone de manifiesto una decena
de casos muy similares –que podrían ser varias decenas- en los que los tribunales
han estimado que tales hechos (es decir, la contratación de personas como
empleados sin seguir procedimiento alguno, con absoluto desprecio de los
principios constitucionales que rigen el acceso al empleo público, sólo por
criterios de clientelismo político o nepotismo) constituyen graves delitos.
He
leído varias sentencias del Tribunal Supremo, en las que se afirma: …la quiebra que en los ciudadanos va a tener
la credibilidad de las instituciones y la confianza que ellas deben merecerle
porque como custodios de la legalidad, son (autoridades y funcionarios) los
primeros obligados, y esta quiebra puede producir efectos devastadores en la
ciudadanía pues nada consolida más el estado de derecho que la confianza de los
ciudadanos en que sus instituciones actúan de acuerdo con la Ley y que por
tanto el que se aparta de la norma recibe la adecuada sanción que restablece
aquella confianza rota...”
Aplíquese
el cuento la justicia y sepa, en efecto, que si la credibilidad de las
instituciones se resiente a ojos del ciudadano porque las autoridades y funcionarios
–como custodios de la legalidad- no sean los primeros en cumplirla, lo que más
hace tambalear esa confianza hasta destruirla totalmente es que los jueces –que
en última instancia son los garantes de la observancia de la ley y de los
derechos de los ciudadanos- ni observen ni hagan observar las leyes. Eso sí que
quiebra la confianza del ciudadano en el estado de derecho y sus instituciones.
Claro
que, por otra parte, en la mayoría de los casos que la denuncia del SAF
señalaba como precedentes, los corruptos eran del PP, del Partido Andalucista o
del G.I.L., es decir, no eran del PSOE de Andalucía. Tal vez eso ayude a
comprender las cosas. Pero, necesariamente, eso le lleva a uno a preguntarse
¿pueden unos hechos ser constitutivos de delito o no dependiendo de quién sea su autor? Parece ser que la respuesta de
este juez a la pregunta es afirmativa. Es lo que la progresía judicial ha
llamado derecho penal de autor; y
que el Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo han rechazado tajantemente
(por propia convicción u obligados, como en tantos otros temas, por el Tribunal
de Estrasburgo; a la fuerza ahorcan…) Según la Constitución todos somos iguales
ante la Ley.
Ante
lo cual, insisto, llego a la conclusión de que el juez no ha leído siquiera la
denuncia, aunque ha ordenado su archivo -¿por qué?- o ha firmado lo que alguien
-¿quién?- le ha puesto por delante. Y dudo también que al dictar el auto el
juez tuviera a la vista el escrito de la fiscalía al respecto. Sería casi un
milagro que en 48 horas el juez recibiera la denuncia, diera orden de abrir
diligencias; ordenara su traslado al Ministerio Fiscal; éste las recibiera, las
estudiara y se pronunciara y remitiera al juzgado su opinión al respecto y, por
último, que, a la vista de todo ello, el juez ordenara el archivo y firmara el
auto de sobreseimiento. No me lo creo. Ni aunque fuese el único asunto del que
tuviese que ocuparse un juzgado, me lo creería. Esa inusitada celeridad; algo
raro, muy raro, ocurre. Tal vez el Consejo General del Poder Judicial debería
echar una miradita, por lo anómalo del asunto y la insólita diligencia en todos
esos trámites. De récord.
Y,
ante lo cual, uno también se pregunta por las razones del juez. Y piensa: ¿tendrá
el juez hipotecas?; es decir, algún pariente,
cuñado, hijos, esposa, sobrinos, etc., que haya entrado en alguna de las
agencias de la Junta de la misma manera delictiva que está denunciando el SAF.
No lo sé, pero podría ser; la juez Núñez Bolaños, por ejemplo, tiene, al menos,
que sepamos, a su cuñada en la agencia IDEA. ¿O, acaso, el juez sólo mira por su carrera y
es consciente de que aquí, para medrar profesionalmente, es más fácil y hasta
conveniente, no molestar a los poderosos?
Así
que dando vueltas al asunto, uno termina acordándose de aquél pastor alemán, de
nombre Ajax, como el mítico guerrero de la Ilíada, que hizo por la Justicia más
que todos los fiscales y jueces de Andalucía juntos (a excepción de la ebúrnea Alaya;
y no sé si de algún otro que, aunque todavía no haya honrado a la Justicia y a
la ciudadanía con sus hechos, albergue, sin embargo, buenos propósitos). Vuelve
uno a pensar en eso y a desear que, si esta es toda la Justicia que los jueces son
capaces de ofrecernos, tal vez sería mejor tener por jueces al mono de la
fábula de Rubén Darío, o al tribunal de hampones de “M” o al mismísimo don Vito
Corleone.
Y,
vuelve uno a pensar y a desear que, por respeto a la Justicia y a la memoria de
Bías y Aristóteles y de tantos otros grandes hombres que la amaron y la
honraron, lo mejor fuera dejarla en manos de los perros.
Junio,
2018