Tal vez sea que de andar
demasiado en conversación con los difuntos y escuchar con los ojos a los
muertos, termina uno distanciándose del presente y sus tribulaciones (como
Javier Marías dice que le sucede a Francisco Rico, que sólo retiene la información remota, la de los muy pasados siglos);
o, a lo mejor, porque hace tiempo que descubrí en la misantropía y en el exilio
interior y el extrañamiento doméstico una especie de triaca frente a tanta
estupidez y podredumbre; o puede que se deba a la herrumbre existencial, que
inexorablemente va encostrando el alma. Lo cierto es que ya nada, o casi nada,
me sorprende. Digo, como Terencio, nada
humano me es ajeno, y menos que nada lo relacionado con esa doncella que
porta espada y balanza -no ciega, tuerta; pues ve con un ojo por debajo de la
venda- y es tan compasiva con los poderosos que no se aproxima a ellos ni de
lejos por no estigmatizarlos, pero que no se modera en humillar a los
desdichados (“no sabemos de leyes, pero
sí de sufrimiento”, ha dicho, ante la enésima injuria de la justicia, la
madre de Sandra Palo).
Así pues, cuando tuve
noticia del Auto del TSJA que deniega la adopción de medidas para materializar
y hacer real y verdadera (tutela judicial efectiva, le llama la Constitución)
la suspensión de la integración de los intrusos en la Administración, pensé
–como el cojo genial, al que he comenzado citando, sin nombrarlo- que, de
nuevo, una vez más, a los jueces “se les
volvieron las togas pellejos de culebras”. Y como a mi los reptiles me
provocan aversión, no sentí, pues, extrañeza sino asco. No sorpresa,
repugnancia.
Ese auto tiene más
importancia de la que le hemos dado, y es más nocivo de lo que pensamos;
trasciende el caso en el que ha sido dictado y alcanza, como aviso a navegantes,
a las futuras resoluciones que puedan dictar los juzgados en respuesta a
nuestras peticiones de ejecución. Desde el punto de vista práctico, transforma
en papel mojado –con orines- todos los autos que han decretado la suspensión de
los intrusos en las agencias. Los deja sin efecto y metamorfosea en “helada y laboriosa nadería” –como si
fuesen un verso de Baltasar Gracián- todos esos rimbombantes “fumus boni iuris”
y “periculum in mora”. Los jueces, de nuevo, nos dan a comer nueces vanas.
No obstante, el Auto de
autos ofende menos al derecho que a la justicia, y sobradamente menos a la
justicia que a la razón.
Porque a nadie se le
escapa que la suspensión de la integración suponía necesariamente la adopción
de una de estas dos medidas: o se extinguía la relación laboral, o se suspendía
la relación laboral. Y no cabían otras opciones por la sencilla razón de que,
al haber desaparecido las entidades de donde procedían los intrusos, no había
posibilidad de vuelta atrás y reponer las cosas al statu quo anterior a la
integración. Y puesto que, a un mismo tiempo, no se puede estar dentro y fuera,
pues son conceptos antagónicos –como tempranamente aprenden los niños en Barrio
Sésamo-, excluida la opción de “dentro” sólo cabía la de “fuera”. Y “fuera”,
como hemos dicho, equivale a nada; porque, ahora, por mor de la ley del
enchufismo, no hay nada aparte de las agencias.
Así lo entendimos muchos
(el profesor Clavero lo dijo hace poco en una televisión), y hasta el
Ministerio Fiscal lo entendió así. Por eso, en la vista que se celebró el
pasado día 13, solicitó que se concediese a la Administración un plazo
razonable para solucionar el problema. Dicho en otras palabras, llanamente: que
como no había ningún sitio donde meterlos, se diera la oportunidad a la Junta
de crear un chiringuito donde cobijarlos, como alternativa humanitaria a la
calle –compasivo el Ministerio Fiscal.
El TSJA, sin embargo, no
lo entendió así; ese día no vieron Barrio Sésamo. Y en lugar de armonizar dos
proposiciones que son perfectamente compatibles (derecho constitucional de
acceso a las funciones públicas conforme a los principios de mérito y capacidad
–arts. 23 y 103 CE-, de un lado, y principio de sucesión de empresas –art. 44
ET-, de otro) las convierte en opuestas, y priva de contenido a la primera,
haciendo prevalecer la segunda.
Porque –y estas son
preguntas que yo me hago, como finamente dijo un juez hace poco- ¿Qué sentido
tienen todos los autos de suspensión, si no pueden producir ningún efecto
material? ¿Porqué el TSJA no ha revocado formalmente todos esos autos? ¿Qué
forma de ejercer la jurisdicción es esa, tan heterodoxa?
¿Verdaderamente piensa
el TSJA que la suspensión de la integración equivale o es compatible con seguir
trabajando para las agencias, ejerciendo funciones para la satisfacción de las
competencias que la ley atribuye a las agencias, cobrando de las agencias,
dependiendo de las agencias…? ¿En qué consiste, entonces, para el TSJA, desde
el punto de vista práctico, estar fuera de las agencias, es decir, la suspensión
de la integración?
Para mi es evidente que
esa resolución del TSJA carece de toda lógica. Y no sólo eso, sino que da la
espalda al principio de legalidad, la seguridad jurídica y el derecho a la
tutela judicial efectiva, que la Constitución garantiza. Es curioso -por la
paradoja que entraña- que este auto del TSJA deja sin efecto todos aquellos
otros que, precisamente, se dictaron por congruencia y con fundamento en dos
sentencias del propio TSJA que dictaminaron que la integración de los intrusos
en las agencias conculcaba la Constitución. Tal contradicción sólo es
explicable desde la perspectiva del doble lenguaje: el de las palabras, y el de
los hechos, que las contradicen y desmienten. La doblez, sin embargo, no suele
conseguir su propósito, como nos hizo comprender Esopo en la fábula del leñador
y la zorra, hace ya más de 2500 años. El TSJA ha pretendido dar satisfacción a
la Ley y al que la violaba, el gobierno andaluz. Ha sentenciado la
inconstitucionalidad de la integración, pero ha metido la sentencia en el cajón
de los asuntos que el tiempo arreglará, como dicen que hacía Franco. Porque a
eso equivale lo hecho. Negado el cese cautelarmente, habrá que esperar a que el
Tribunal Supremo resuelva definitivamente, mas ¿cuándo?. Incluso hasta habrán
pensado: con un poco de suerte Arenas nos resolverá la papeleta. No saben que “nadie
puede servir a dos señores –como refieren los evangelistas Mateo y Lucas
que dijo Jesucristo-, porque se entregará a uno y despreciará al otro…”.
Y creo que en este asunto el TSJA se ha entregado a la conveniencia calculada,
al pragmatismo, y ha despreciado a la Justicia.
Claro que todo esto
ocurre por un problema capital de nuestro sistema jurídico: el déficit de
seguridad jurídica. Aquí –como decía Quevedo- las leyes arden en los candiles,
porque son torcidas. “Las leyes –decía- son por sí buenas y justificadas; mas,
habiendo legistas, todas son tontas y sin entendimiento. Esto no se puede
negar, pues los mismos jurisprudentes lo confiesan todas las veces que le dan a
la ley el entendimiento que quieren, presuponiendo que ella por sí no le tiene.
No hay juez que no afirme que el entendimiento de la ley es el suyo…” Por eso les exhortaba: “Sepan las leyes, empero no más que ellas;
hagan que sean obedecidas, no obedientes…”
No hay seguridad
jurídica cuando la ley queda sometida a los jueces, no los jueces a la ley,
como dispone la Constitución en su artículo noveno. Hace unos días tuvimos
ocasión de hablar de ello, al señalar que la asociación Jueces para la
Democracia había anunciado su intención de escamotear la aplicación de la ley
de reforma laboral por la vía interpretativa –ley torcida. Si esto se puede
hacer en un país, me refiero no sólo a decirlo sino a perpetrarlo, es que nadie
garantiza la seguridad jurídica.
Hace algún tiempo que,
en estas mismas acogedoras páginas, manifesté mi escepticismo respecto a que
esta vía –la judicial- pudiese proporcionarnos alguna satisfacción.
Lamento profundamente no
haberme equivocado, porque este auto ha dado la puntilla a nuestras aspiraciones.
Todos los que en adelante se dicten en incidentes de ejecución seguirán la
misma pauta, pese a que, del mismo modo, todas las sentencias que pronuncie el
TSJA reiterarán que la integración es contraria a la Constitución. He ahí la
paradoja.
Así pues, abandonen toda
esperanza aquellos que confiaron en la solución del conflicto por la vía
judicial. Aquí, de manos de la justicia de nuestra tierra, no hay nada que
esperar. Si algo llega, vendrá de fuera. ¡¡¡Qué lástima, pobre Andalucía!!!
Y, en todo caso,
¿servirá de algo que al cabo de los años la justicia disponga que los
servidores de la administración paralela son intrusos y usurpadores de unos
puestos de trabajo que pudieron corresponder a otros? ¿Servirá de algo a esos
miles de opositores que aspiran HOY a ingresar en la Administración Pública?
¡¡A buenas horas mangas verdes!! Como dice el aforismo: “justicia demorada es
justicia denegada”.
La única rendija abierta
a la esperanza se llama cambio político. La única oportunidad de vencer en este
conflicto es acabar con este régimen putrefacto y fétido. Ahora tenemos una
ocasión, tal vez la última. Delenda est Cartago.
Max Estrella, cesante de hombre libre.
Marzo, 2012